ACCION URGENTE: Fabricación de delito, tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, negligencia e irregularidades en el debido proceso, en contra de Manuel Valenzuela Valdez, preso en el Centro de Readaptación Social de San José del Alto, Quéretaro. Qro. Mex. REF: AU-02012021- MVV-TOR-PRIS-QRO-MEX

Ciudad de México a 15 de enero de 2021.






Titular del Poder Judicial del Estado de Querétaro. José Antonio Ortega Cerbón, Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura


Titular de la Fiscalía en el Combate a la Corrupción del Estado de Querétaro, Benjamín Vargas Salazar


Titular de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, Dirección de Derechos Humanos, María Rebeca Mendoza Romero

Titular de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, Roxana Ávalos Vázquez


Titular de la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia, SEGOB, Paulina Téllez Martínez


Presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Rosario Piedra Ibarra


Responsable en México de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Guillermo Fernández-Maldonado Castro


Las organizaciones pertenecientes a Alerta Temprana Red, con domicilio para recibir comunicaciones en Calle Lago 6 millones, M. 81, Lot. 12, casi esquina Lago Heilmar, C.P. 57180. Ampliación Ciudad Lago, Nezahualcóyotl, Edo. Méx. México. Tel. 55 56108790, Celular: 55 3802 6403. Correo denuncia.limeddh@gmail.com solicitamos su  intervención urgente debido a: Fabricación de delito, tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, negligencia e irregularidades en el debido proceso, en contra de Manuel Valenzuela Valdez, preso en el Centro de Readaptación Social de San José del Alto, Querétaro. Qro. Mex. 


Hechos relativos a los actos de tortura:

  • El día 17 de abril de 2001, Manuel VALENZUELA VALDEZ fue detenido junto con su hermano por supuestos policías del Estado de Querétaro y un militar.

  • Fueron trasladados a las oficinas de la Policía Ministerial, donde lo llevaron a un sótano, -en testimonio de él- "me vendaron de los ojos, me dijeron que me desnudara, comenzaron a torturarme físicamente lo cual  consistió en ponerme bolsas de plástico en la cabeza para asfixiarme, me acostaron y me pusieron un trapo en la cara, me vertieron agua u otro líquido mientras otro me sujetaba la cabeza obligándome a ingerir el líquido, el que ingresaba por mi nariz como por la boca generándome ahogamientos e inclusive vómito, lo que realizaban con el propósito de que les dijera respecto a lo que nos dedicábamos…"; "…. al no conseguir lo que ellos querían escuchar me seguían torturando, a través de toques eléctricos en todas partes del cuerpo, lóbulos de las orejas, pecho, pene, testículos, manos y pies…"

  • En fecha 19 de abril de 2001 se determinó el ejercicio de la acción penal en contra de José y Manuel ambos de apellidos Valenzuela Valdez por su probable responsabilidad del delito de Homicidio calificado y Homicidio calificado en grado de tentativa.

  • El 26 de febrero de 2004 el Juez de Primera Instancia, dicto sentencia condenatoria en contra de José y Manuel ambos de apellidos Valenzuela Valdez por los delitos de Homicidio calificado y Homicidio calificado en grado de tentativa, a una pena de prisión de 50 años, con la Causa penal 109/2001, Juzgado Segundo del Fuero Común del Distrito Judicial de Querétaro.

  • En fecha de 8 de agosto de 2019, el Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa 

  • del Vigésimo Segundo Circuito de Querétaro, resolvió en Amparo directo penal 1344/2017, para los efectos de:  Instruya al juez de la causa que realice los exámenes psicológicos y médicos conforme al protocolo de Estambul, y ordene la práctica de cualquier probanza que sea necesaria para el esclarecimiento de los hechos, respecto de los actos de tortura…

  • Por otro lado, derivado de los hechos de los que fue víctima Manuel Valenzuela Valdez se comenzó la indagatoria por estos hechos, dándose apertura a la averiguación previa AESP/27/2002 radicada en la Fiscalía General del Estado de Querétaro, Unidad Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos, ha cometido omisiones en su investigación.

  • Con respecto a las omisiones dentro de la averiguación, en distintas ocasiones se ha declarado el no ejercicio de la acción penal, debido a que no se han hecho los estudios correspondientes a medicina y psicología con forme al Protocolo de Estambul, solamente se han basado en las declaraciones de los supuestos autores de las violaciones al derecho a la integridad personal. Dicha integración no ha cumplido con los lineamientos mínimos de exhaustividad en la investigación, debido a que no se ha solicitado la intervención de un experto independiente para realizar el peritaje en relación al Protocolo de Estambul. 

  • La omisión de la Fiscalía al no designar experto independiente para realizar el Protocolo de Estambul ha vulnerado el derecho de acceso a la justicia consagrado en el artículo 17 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en el numeral 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás aplicables. Por lo que el injustificado acceso a la justicia en realización del Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. 

  • Dichos actos de tortura la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Querétaro a hora Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, dio apertura al expediente CEDH/0955/2001/VG, dando origen a la recomendación (140) 02/2001. Por lo que por propio derecho de Manuel Valenzuela Valdez se solicitó copia de dicho expediente y recomendación a lo que en fecha 23 de marzo de 2017 la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro dio respuesta de que no cuenta con registro físico de dicho expediente y en relación a la recomendación es de carácter reservado. 



Peticiones: 

  1. Solicitamos se designen expertos para realizar el diagnóstico Médico y Psicológico conforme al Protocolo de Estambul dentro de la causa penal 109/2001 en el Juzgado Segundo Penal del Distrito Judicial de Querétaro conforme a la resolución del Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito de Querétaro, resolvió en Amparo directo penal 1344/2017.

  2. Se garantice el acceso a la justicia a Manuel Valenzuela Valdez, a través de la realización de una investigación exhaustiva de los hechos relacionados a la violación del derecho a la integridad personal (tortura) y la designación de un experto independiente para la realización del Protocolo de Estambul, dentro de la Averiguación Previa AESP/27/2002, con forme a lo establecido en los artículos 1, 17, 20 apartado c y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 10, 11 y 12 de la Ley General de Victimas y demás aplicables.

  3. Se le proporcionen copias del expediente CEDH/0955/2001/VG y de la recomendación (140) 02/2001, por parte de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, conforme a lo establecido en los artículos 1, 6 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás aplicables.



A T E N T A M E N T E


Por las organizaciones integrantes de Alerta Temprana Red


Dr. Adrián Ramírez López                         Julio Mata Montiel

                 Presidente de la Limeddh                      Secretario Ejecutivo de Afadem y 

               Vicepresidente del FREMEXDHU





                                                                                                                                                 

ALERTA TEMPRANA RED (AT-R): 

1.- Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos A.C. (LIMEDDH); 

2.- Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos, A.C. Filial Oaxaca (LIMEDDH-Oax); 

3.- Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México (AFADEM FEDEFAM); 

4.- Red Universitaria de Monitores de Derechos Humanos (RUMODH); 

5.- Asociación de Derechos Humanos del Estado de México (ADHEM); 

6.- Fundación Diego Lucero, A.C. (FDL); 

7.- Foro Permanente de Mujeres Iztacalco, A.C. (FPM-I); 

8.- Consejo Federal Ejecutivo Nacional e Internacional del Frente Mexicano Pro Derechos Humanos, A.C. (FREMEXDEHU); 

9.- Asociación Nacional de Abogados Democráticos, A.C. (ANAD); 

10.- Comité de Familiares de Personas Desaparecidas en México, Alzando Voces, (COFADDEM); 

11.- Centro de Estudios para los Derechos Humanos y la Justicia Ambiental "YURENI", A.C. (CEPDHJA); 

12.- Actuar Familiares contra la Tortura, (AFT); 

13.- Centro de Derechos Humanos Coordinadora 28 de Mayo, A.C. (CDH C-28 M); 

14.- Centro de Derechos Humanos "Antonio Esteban", A.C. (CDHAE); 

15.- Asociación Canadiense por el Derecho y la Verdad (ENVERO); 

16.- Frente Mexiquense en Defensa para una Vivienda Digna, A.C. (FMDVD); 

17.- Comité de Derechos Humanos de Base de Chiapas "Digna Ochoa", (CDHBCDO); 

18.- Red Solidaria Década contra la Impunidad, A.C. (RSDI); 

20.- Centro de Derechos Humanos Ku'untik (CDHK); 

21.- Asociación Mexicana de Abogados del Pueblo (AMAP-Guerrero); 

22.- Asamblea Vecinal Nos Queremos Vivas Neza (AVNQVN); 

23.- Comité de Defensa de Derechos Humanos "Cholollan" (CDHC); 

24.- Mujeres Guerrerenses por la Democracia, A.C. (MGD); 

25.- Aliadas por la Justicia, A.C. (AxJ); 

26.- Desarrollo Humano Internacional, A.C. (DHI); 

27.- Comunidad Raíz Zubia, A.C. (CRZ); 

28.- Zihuame Xotlametzin, A.C. (ZX); 

29.- Asociación Guerrerense Contra la Violencia Hacia las Mujeres, A.C. (AGCVIM, A.C.);

30.- Organización Político Cultural Cleta (OPC Cleta).



Enviar comunicaciones a:

  • José Antonio Ortega Cerbón, Poder Judicial del Estado de Querétaro., Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura. Palacio de Justicia Pasteur sur 4, centro de Querétaro, Querétaro 76000. Tel. (442) 235 6700. presidencia@tribunalqro.gob.mx  

  • Benjamín Vargas Salazar, Fiscalía en el Combate a la Corrupción del Estado de Querétaro.. Tel. 4422131120 ext. 101. fgqwebmaster@fiscaliageneralqro.gob.mx Av. Luis Vega Y Monroy 302, Fraccionamiento Plaza del Sol Querétaro, Qro. C.P. 76099.

  • María Rebeca Mendoza Romero, Fiscalía General del Estado de Querétaro, Dirección de Derechos Humanos., Tel 4422387600 ext. 1088. Correo electrónico  fgqwebmaster@fiscaliageneralqro.gob.mx 

  • Roxana Ávalos Vázquez, Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro. Tel. 4422140387, 4422146039. quejas@ddhqro.org ddhq.institucional@ddhqro.org Zacarías Oñate 13, Colonia Cimatario, C.P. 76030, Santiago Querétaro.

  • Paulina Téllez Martínez, Titular de la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia, SEGOB.. Con atención a: lvelarde@segob.gob.mx   

  • Rosario Piedra Ibarra. Presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Edificio "Héctor Fix Zamudio", Blvd. Adolfo López Mateos 1922, 6°piso, Col. Tlacopac San Ángel, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01040, Fax: (+52) 0155 36 68 07 67, correo@cndh.org.mx  

  • Michelle Bachelet. Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Teléfono: +41 22 917 9220 Correo electrónico: infodesk@ohchr.org

  • Guillermo Fernández-Maldonado Castro, Representante en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México Atención al teléfono 55 5061 6350. Correo: oacnudh@ohchr.org        

 quejasoacnudhmexico@ohchr.org  












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