A los medios de comunicación y
público en general:
La Limeddh, en el marco de su campaña “ni un presunto culpable más” da a
conocer la gravedad que existe en la fabricación de delitos, que perjudican
sobre todo a los grupos mas vulnerables, y entre ellos los jóvenes, quienes han
sido objeto de criminalización y se les han negado sus derechos.
El
pasado 7 de noviembre es liberado DAVID CASTILLO MUÑOZ, luego de pasar 1 año, 8 meses y 8 días en el
Reclusorio Oriente acusado del delito de secuestro express realizado con la
finalidad de cometer el robo de $205 (Doscientos cinco pesos). Después de ser
condenado en primera instancia a 25 años de prisión y su ratificación en segunda
instancia, en el análisis del caso, la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos
presentó el amparo directo 275/2013 para exigir la liberación de David por
considerar que existían serias
violaciones al debido proceso y que este se inscribe en un esquema sistemático
para la fabricación de culpables que justifican las declaraciones políticas
triunfalistas en materia de seguridad pública.
La
prepotencia casi connatural que demuestra quien porta un uniforme, y si su corrupto actuar no es satisfecho,
entonces propicia que en contubernio con quien ostenta un cargo ministerial, se fabriquen delitos que en
un proceso autoritario y violatorio de garantías individuales sustenten tanto
su quehacer, como el aporte a la vestimenta política del gobernante en turno.
Destaca
que DAVID CASTILLO fue acusado por un sujeto menor de edad, mismo que al presentarse
ante el Ministerio Público se encontraba en estado de ebriedad (certificado por
médico legista) por lo tanto incapaz de poder articular un discurso coherente, ni mucho
menos proporcionar descripciones de sus supuestos agresores, sin embargo, según
los policías, momentos antes dicho denunciante les había narrado la forma en
que fue víctima de un robo de $205.00 al interior de un automóvil, mencionando,
según los aprehensores, hasta el modelo y número de placa de dicho auto y decía
reconocer a DAVID CASTILLO MUÑOZ como la persona que lo despojó de su dinero.
En
ese sentido, existe en el expediente un cúmulo de contradicciones entre la
parte acusadora y los policías aprehensores respecto de la hora de la
detención, del número y características de los sujetos que supuestamente
participaron en el delito, la forma en que se realizó el evento delictivo,
etcétera.
También,
entre las violaciones más importantes al debido proceso, se encuentra el hecho
de que cuando DAVID CASTILLO MUÑOZ es detenido por autoridades de la Secretaría
de Seguridad Pública del Distrito Federal y puesto a disposición del Ministerio
Público, éste último no le permite tener una defensa adecuada, negando a su
abogado particular la asesoría correspondiente.
Estas
entre otra razones son la causa que el
pasado 7 de noviembre de 2013, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia
Penal en el Distrito Federal, conceda el amparo y la protección de la Justicia
Federal a DAVID CASTILLO MUÑOZ, al juzgar que existían suficientes elementos
para determinar su inocencia.
Por
otra parte, queda pendiente la resolución de la queja CDHDF/ 1/121/IZTP/13/
D5176 presentada ante la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal formalizada
el día 30 de julio del 2013, en el sentido de determinar que existió algún tipo
de coacción por parte de los policías aprehensores y el Ministerio Público en
contra del denunciante para que acusara falsamente a DAVID CASTILLO MUÑOZ.
Ese
joven que recién cumplidos los veinte años fue privado de sus derechos al
trabajo, al estudio, a una vida digna, ahora lucha por recuperar el tiempo
perdido, sin rencores, pero sin olvido, con 22 años y una familia incipiente,
ha determinado sumarse a la búsqueda de justicia para los “Presuntos culpables”
porque ha comprendido que no basta el beneficio particular, cuando el perjuicio
es general y sistemático.
Ejemplo
de esto, es el incumplimiento por parte del gobierno del distrito federal a las
recomendaciones a favor del sacerdote GABRIEL ULISES VALDÉS LARQUÉ, acusado
falsamente en marzo de 2009 del delito de homicidio en contra del ciudadano francés
CHRISTOPHER AUGUR y que lo llevara a permanecer injustamente recluido casi
durante casi dos años en el Reclusorio Norte.
Resulta
entonces que el fraude judicial se va conformando día a día en ese esquema
sistemático, que desarrollado desde el
estado como política pública, da píe a los legítimos reclamos sociales en los
que se detona la exigencia de:
“¡¡¡¡NI
UN PRESUNTO CULPABLE MAS!!!!
ATENTAMENTE
Limeddh
Red de Alerta Temprana Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos
Humanos A.C. (Limeddh), Fundación Diego Lucero A.C., Asociación de Familiares
de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos en
México (AFADEM FEDEFAM), Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD),
el Observatorio Nacional de Prisiones México (ONP México), la Red Universitaria
de Monitores de Derechos Humanos (RUMODH), el Centro de Derechos Humanos
Coordinadora 28 de Mayo A.C., la Asociación de Derechos Humanos del Estado de
México (ADHEM), Asociación para la Defensa de los Derechos Humanos y Equidad de
Género (ASDDHEG).