ACCIÓN URGENTE ante el riesgo inminente al derecho a la vida y al medio ambiente sano del pueblo Chinanteco de las comunidades de San Juan Quiotepec, Santa María Totomostla; San Fco. La Reforma; Santa Cruz Tepetotutla. En la Sierra Juárez, en el Estado de Oaxaca.

 Ciudad de México a 26 de marzo de 2024


        Referencia: AU-005260324-INCENDIO-QUIOTEPEC-OAXACA-MEX


Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador

Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján

Subsecretario de Derechos Humanos y Población, Secretaría de Gobernación (SEGOB) Félix Arturo Medina Padilla.

Titular de la Coordinación Nacional de Protección Civil, Laura Velázquez Alzúa

María Luisa Albores González. Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales,

José de Jesús Romero López. Secretario de Gobierno del Estado de Oaxaca

Arturo Peimbert Calvo. Defensor de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca

Rosario Piedra Ibarra, Presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Representante Adjunto en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Guillermo Fernández Maldonado-Castro

 

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humano. ONU

 

Las organizaciones pertenecientes a Alerta Temprana Red hacemos un llamado urgente para solicitar se intervenga de manera inmediata:  Con fundamento en lo establecido por los artículos 1°, 2°, 4°, 8° y 73 fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1° de la Ley General de Protección Civil; 1°, 2° fracciones I, II, III, y IV,  34° fracción II inciso f) de la Ley General de Cambio Climático; 1° fracciones I, II, III, IV, V y VI; 5° fracciones III, IV, VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1°, 25°y 119° de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 1°, 209° fracción VIII, 210 y 211° del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 1°, y 122° fracción I de la Ley General de Vida Silvestre. ACCIÓN URGENTE ante el riesgo inminente al derecho a la vida y al medio ambiente sano del pueblo Chinanteco de las comunidades de San Juan Quiotepec, Santa María Totomostla; San Fco. La Reforma; Santa Cruz Tepetotutla. En la Sierra Juárez, en el Estado de Oaxaca.

 HECHOS

El día 25 de marzo de 2024, comenzó un incendio en San Juan Quiotepec a las 16:00 horas aproximadamente, el cual aun se encuentra activo, y que se encuentra cerca de la zona urbana.

El riesgo del derecho a la vida humana, se ve afectado ante la amenaza a la propagación del fuego a la zona urbana, ya que, pese a que las y los comuneros se encuentran intentando sofocar el incendio, no cuentan con equipo adecuado, ni infraestructura para el combate a incendios.

 

Oaxaca es conocida por su diversidad biológica y cultural, que alberga una amplia variedad de ecosistemas, los bosques tienen alta importancia a nivel local, regional, e internacional. La muerte de una gran variedad de fauna, y flora silvestre, impacta negativamente en el equilibrio ecológico en términos de conservación de la biodiversidad, la crisis hídrica, y la mitigación del cambio climático.

 

A través de un informe, la Comisión Estatal Forestal (Coesfo) del estado de Oaxaca, reporta que del primero de enero al 16 de marzo de 2024, suman 71 incendios en distintas regiones del estado, 54 de ellos forestales y el resto de pastizales. Estos datos son preocupantes porque el 99% de los incendios son provocados, es decir, que éstos se pueden prevenir. A su vez, en ninguno de los incendios anteriores se realizó la gestión oportuna, y en un plazo razonable, para que el ejecutivo solicitara a declaración de desastre natural, a través de la Coordinación Nacional de Protección Civil.

 

En este contexto, es NECESARIA la intervención bajo los principios de oficiosidad, plazo razonable, y riesgo inminente, pues el marco normativo exigible y obligatorio para cada entidad federativa en materia de incendios forestales, es letra muerta para Oaxaca, principalmente en cuatro aspectos:

i.              Ni la entidad federativa, ni las comunidades cuentan con Instalaciones y equipos para la detección y combate de incendios forestales, establecido en el artículo 141 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable[1]. Siendo que estados como Chihuahua, tienen legislación en la materia desde 2003, es decir, desde hace 21 años.

ii.            Oaxaca NO cuenta con una Ley Estatal Forestal, como tampoco con un Consejo Estatal Forestal conformado, e integrado no sólo por servidores públicos, sino por comunidades indígenas, sociedad civil, entre otros, y mucho menos instrumentos que establezca la composición y funcionamiento del Consejo Como lo establece la Ley General Forestal, como lo establece el artículo 153 de la misma ley.

iii.           Los obstáculos administrativos para la solicitud de Desastre Natural, que exige que sea a través del gobernador, quien no lo ha hecho en ninguno de los incendios forestales de 2024. Y motivo por el cual la federación NO estableciera una coordinación directa, y de oficio, con las autoridades indignas de las comunidades.

iv.           La inexistencia de información culturalmente adecuada, asi como procedimientos claros para las comunidades, para que accedan a equipo, recursos, capacitación en la atención, prevención, y mitigación de incendios.

v.            Consideramos importante, que la infraestructura (helicópteros, vehículos, personal de seguridad) y recursos que son activados para contactar a las autoridades indígenas los 21 de marzo en la Sierra Juárez, tendrían que ser igualmente accionados frente a la realidad de los pueblos originarios ante los incendios forestales.

                  Es por lo anterior, que solicitamos:

 

Al Presidente Andrés Manuel López Obrador: gestión directa con la Secretaría de Marina, Semarnat, y CONAFOR, para la gestión de Helicópteros Bomba para la zona de la Chinantla de la Sierra Juárez, ante el riesgo inminente de la vida humana y silvestre

 

A la Coordinación Nacional de Protección Civil: Establecer medidas afirmativas en materia de solicitud de declaratoria de desastre natural, y activar los mecanismos de atención emergente ante el riesgo a la vida.

 

Al Titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil y Gestión de Riesgos del Estado de Oaxaca: realizar la solicitud de declaratoria de desastre natural, y canalizar a las autoridades Chinantecas de manera directa con las instancias federales.

 Por las organizaciones integrantes de Alerta Temprana Red

Julio Mata Montiel

Vocal de comunicaciones de FEDEFAM

Secretario Ejecutivo de AFADEM

Vicepresidente del  FREMEXDEHU

 

ALERTA TEMPRANA RED (AT-R), con domicilio para recibir comunicaciones en Andador 37 del Temoluco, Edificio 5-C-006 Acueducto de Guadalupe, CP. 07270 Gustavo A. Madero, CDMX Tel. 55 28 93 63 54 (emergencias las 24h)  Favor de enviar respuestas a denuncia.limeddh@gmail.com  Indicando la Referencia: AU-005260324-INCENDIO-QUIOTEPEC-OAXACA-MEX

                 ALERTA TEMPRANA RED (AT-R):

v  Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos A.C. (LIMEDDH);

v  Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México (AFADEM FEDEFAM);

v  Red Universitaria de Monitores de Derechos Humanos (RUMODH);

v  Asociación de Derechos Humanos del Estado de México (ADHEM);

v  Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos, A.C. Filial Oaxaca (LIMEDDH-Oax);

v  Consejo Federal Ejecutivo Nacional e Internacional del Frente Mexicano Pro Derechos Humanos, A.C. (FMPDH);

v  Fundación Diego Lucero, A.C. (FDL);

v  Mujeres Guerrerenses por la Democracia, A.C. (MGD);

v  Foro Permanente de Mujeres Iztacalco, A.C. (FPM-I);

v  Asamblea Vecinal Nos Queremos Vivas Neza (AVNQVN);

v  Centro de Estudios para los Derechos Humanos y la Justicia Ambiental "YURENI", A.C. (CEPDHJA);

v  Actuar Familiares contra la Tortura, (AFT);

v  Comunidad Raíz Zubia, A.C. (CRZ);

v  Comité de Familiares de Personas Desaparecidas en México, Alzando Voces, (COFADDEM);

v  Centro de Derechos Humanos “Antonio Esteban”, A.C. (CDHAE);

v  Red Solidaria Década contra la Impunidad, A.C. (RSDI);

v  Centro de Derechos Humanos Ku'untik (CDHK);

v  Asociación Mexicana de Abogados del Pueblo (AMAP-Guerrero);

v  Aliadas por la Justicia, A.C. (AxJ);

v  Desarrollo Humano Internacional, A.C. (DHI)

v  Asociación Guerrerense Contra la Violencia Hacia las Mujeres, A.C. (AGCVIM, A.C.);

v  Organización Político Cultural Cleta (OPC Cleta);

v  Comité de Defensa de Derechos Humanos “Cholollan” (CDDHC);

v  Zihuame Tolmetin, A.C. (ZX)

 

             Enviar comunicaciones a:

  • Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador. Twitter: @lopezobrador_
  • Luisa María Alcalde Luján, Secretaria de Gobernación, Tel 5552098800. atencionciudadana@segob.gob.mx
  • María Luisa Albores González. Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales,         contacto.ciudadano@semarnat.gob.mx 
  • Karime Unda Harp. Titular De La Secretaría De Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad  karime.unda@oaxaca.gob.mx      oficialia.medioambiente@oaxaca.gob.mx
  • Subsecretario de Derechos Humanos y Población, Secretaría de Gobernación (SEGOB) Félix Arturo Medina Padilla.
  • Rosario Piedra Ibarra. Presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Edificio “Héctor Fix  Zamudio”, Blvd. Adolfo López Mateos 1922, 6°piso, Col. Tlacopac San Ángel, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01040, Fax: (+52) 0155 36 68 07 67, correo@cndh.org.mx
  • José de Jesús Romero López      Secretario de Gobierno del Estado de Oaxaca.  teléfono 5015001387  jesusromero@oaxaca.gob.mx
  • José Bernardo Rodríguez Alamilla. Fiscal General del Estado de Oaxaca, Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Díaz, Edificio Jesús "Chu" Rasgado y Álvaro Carrillo, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, C.P. 71257. Teléfono 5016900 ext. 2062., 01 800 00 77 628 ó  01 951 5010 486   contacto.fiscalia@fge.oaxaca.gob.mx
  •  Arturo Peimbert Calvo. Defensor De Los Derechos Humanos Del Pueblo De Oaxaca Calle de los Derechos Humanos Núm. 210. Col. América. C. P. 68050. Oaxaca, Oaxaca. defensoria@derechoshumanosoaxaca.org      dhpresidencia@hotmail.com

 quejas@derechoshumanosoaxaca.org

·         Guillermo Fernández-Maldonado Castro, Representante Adjunto en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México Atención al teléfono 55 5061 6350. Correo: oacnudh@ohchr.org Para información y/o quejas a la ONU-DH México, al correo: quejasoacnudhmexico@ohchr.org

·         Laura Velázquez Alzua. Coordinadora Nacional de Protección Civil.    laura.velazqueza@sspc.gob.mx

·         Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. 8-14 Avenue de la Paix, 1211 Geneve 10, Suiza. Correo electrónico: ohchr-petitions@un.org

 

 



[1] Capítulo III De la Infraestructura Forestal, articulo 141, Fracción V. Señala:

Artículo 141. La Federación, a través de las dependencias y entidades competentes, en coordinación con los gobiernos de las Entidades Federativas, de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, promoverá el desarrollo de infraestructura y facilitará condiciones para el desarrollo forestal y territorial, de acuerdo con los mecanismos previstos en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, las cuales consistirán en:

[…] V. Instalaciones y equipos para la detección y combate de incendios forestales;

 
















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